Resumen: PRIMERO.- La instancia ha dictado Auto en el que ha desestimado los recurso de reposición interpuestos por la representación de D. Edmundo, D. Eleuterio y D. Dimas, de un lado, y por la representación de COFIVACASA, S.A., de otro lado, y ha confirmado íntegramente el Auto recurrido, de 24 de mayo de 2019.
Resumen: Para afirmar la existencia del ánimo propio del delito de homicidio en cualquiera de sus modalidades, directo o eventual, deben tenerse en cuenta los datos existentes acerca de las relaciones previas entre agresor y agredido; del comportamiento del autor antes, durante y después de la agresión, lo que comprende las frases amenazantes, las expresiones proferidas, la prestación de ayuda a la víctima y cualquier otro dato relevante; del arma o de los instrumentos empleados; de la zona del cuerpo a la que se dirige el ataque; de la intensidad del golpe o golpes en que consiste la agresión, así como de las demás características de ésta; de la repetición o reiteración de los golpes; de la forma en que finaliza la secuencia agresiva; y, en general de cualquier otro dato que pueda resultar de interés en función de las peculiaridades del caso concreto. La atenuante de confesión se justifica por la utilidad que efectivamente reporte a la Justicia, ahorrando esfuerzos de investigación y facilitando la instrucción y enjuiciamiento y no en razones subjetivas de premio a una conducta moral de arrepentimiento del sujeto. La atenuante de reparación del daño se ha objetivado, sin exigir que se evidencie reconocimiento de culpa, aflicción o arrepentimiento.
Resumen: PRIMERO.- La instancia ha dictado Sentencia en la que ha estimado en parte la demanda que Dña. Rocío dirigió contra OSATEK, S.A. y ha reconocido su condición de personal laboral indefinido no fijo, condenando a la demandada a pasar por esta declaración, rechazando su pretensión de ser declarada personal indefinido.
Resumen: Se desestima el recurso, y no se considera acreditada la negligencia del letrado. La actora considera que el letrado incurrió en negligencia al formular una reclamación por mala praxis médica en una intervención de reconstrucción dentaria, que le provocó parestesia del nervio alveolar interior derecho y medicación, siendo necesaria una tercera intervención. La sentencia de instancia desestimó la demanda, criterio que confirma la Audiencia, analizando que se practicaron varias pruebas periciales de parte arrojando conclusiones completamente contradictorias, y no se practicó ninguna pericial por un perito independiente que arrojase luz sobre lo ocurrido, pero no se advierte negligencia del letrado.